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Símbolos Patrios
Republica de Colombia

 


Bandera de Colombia

Los decretos 861 de 1934, expedidos por el gobierno nacional siendo Presidente de la República el señor General Pedro Nel Ospina y el doctor Enrique Olaya Herrera respectivamente, contienen disposiciones sobre la bandera y el escudo nacionales. A continuación se transcribe la parte pertinente a la bandera:

Decreto Nº 861 de 1934 (mayo 17)

 

ARTICULO 1º.- El pabellón, bandera y estandarte de la República de Colombia, se compone de los colores amarillo, azul y rojo, distribuidos en tres fajas horizontales, de los cuales el amarillo, colocado en la parte superior, tendrá un ancho igual a la mitad de la bandera, y los otros dos en fajas iguales a la cuarta parte del total, debiendo ir el azul en el centro.

 

ARTICULO 2º.- La bandera mercante de Colombia tendrá de acuerdo con lo establecido en el decreto número 309 de 1980, tres metros de largo por dos de ancho; llevará en el centro un escudo de forma ovalada, en campo azul, circuido de una zona de terciopelo rojo de cinco centímetros de ancho, y con una estrella blanca en el centro, de ocho rayos y de diez centímetros de diámetro. Los ejes del óvalo, dentro del campo azul, son de cuarenta centímetros el mayor, y de treinta el menor.

 

PARÁGRAFO:- Esta será la bandera que se pondrá en uso en los barcos de la Marina Colombiana y en en las legaciones y Consulados acreditados en el exterior.

 

ARTICULO 3º - La bandera de guerra de uso en el Ejército, tendrá un metro y treinta centímetros de largo, por un metro y diez centímetros de largo, por un metro y diez centímetros de ancho, para las armas de a pie; y el estandarte, para las armas montadas, tendrá un metro de largo por uno de ancho. Estas banderas llevarán en el centro el escudo de armas de la República, enmarcado en una circunferencia de terciopelo rojo de cinco centímetros de ancho y cuarenta centímetros de diámetro en su parte exterior, dentro del cual se inscribirá, en letras de oro, el nombre del cuerpo de tropas a que pertenece.

 

DECRETO No. 62 DE 1934 (Enero 11)

 

208.- La bandera de guerra en uso en el Ejército tendrá, según la ley, un metro treinta y cinco centímetros de largo por uno diez de ancho, para las armas montadas. Estas banderas llevarán en el centro el escudo de armas de la República, dentro de un óvalo de paño rojo, dentro de el irá inscrito, en letras bordadas en oro, el nombre del cuerpo de tropas o repartición militar a que pertenece.

 

209.- La bandera con escudo sólo podrá ser usada por los cuerpos armados de la Nación.

 

210.- Los pabellones nacionales que se izan en los cuarteles, edificios públicos, barcos mercantes, baluartes, etc., podrán ser de mayores o menores dimensiones y no llevarán escudo.

 

 


El Escudo

El escudo de armas de la República fue adoptado por la Ley 3º del 9 de mayo de 1834, y tuvo algunas modificaciones no esenciales que están contenidas en el decreto Nº 861 de 1924, cuyas disposiciones pertinentes se transcriben a continuación:

 

Ley 3 de 1834 (9 de mayo)

que designa las armas y pabellón de la República, El Senado y la Cámara de Representantes de la Nueva Granada, reunidos en Congreso.

 

DECRETAN:

ARTICULO 1º- Las armas de Nueva Granada serán un escudo dividido en tres fajas horizontales, que llevarán en la superior, sobre campo azul, una granada de oro, con tallo y hojas de lo mismo, abierta y graneada de rojo. A cada uno de sus lados irá una cornucopia, ambas de oro, inclinadas y vertiendo hacia el centro , monedas la del lado derecho, y la del izquierdo frutos propios de la zona tórrida. Lo primero denota el nombre que lleva esta República, y lo segundo la riqueza de sus minas y la feracidad de sus tierras.

 

ARTICULO 2º- En la del medio, sobre el campo de color de platino, un gorro rojo enastado en una lanza, como símbolo de la libertad, y de un metal precioso que es propio de este país.

 

ARTICULO 3º- En la inferior llevará el Istmo de Panamá de azul, los dos mares ondeados de plata, y un navío de negro con sus velas desplegadas en cada uno de ellos, lo que indicará la importancia de esta preciosa garganta, que forma una parte integrante de la República.

 

ARTICULO 4º- Estará el escudo sostenido en la parte superior por una corona de la,urel, de verde, pendiente del pico de un cóndor , con las alas desplegadas y en una cinta ondeante, asida sobre oro, con letras negras, este mote: Libertad y Orden.

 

ARTICULO 5º- El escudo descansará sobre un campo verde, adornado de algunas plantas menudas.

 

ARTICULO 6º- Los colores nacionales de la Nueva Granada serán rojo, azul y amarillo. Estarán distribuidos en el pabellón nacional en tres divisiones verticales de igual magnitud. La más inmediata al asta, roja; la división central, azul y la de la extremidad, amarilla.

 

ARTICULO 7º- Las banderas que hayan de enarbolarse en los buques de guerra, en las fortalezas y demás parajes públicos, y en las que despleguen los ministros y agentes de la República en países extranjeros, llevarán las armas de la Nación en el centro de la división azul. Las de los buques mercantes llevarán en el mismo lugar una estrella blanca con ocho rayos.

 

ARTICULO 8º- Tanto las armas de la República, descritas e

n los artículos 1º y 5º, como las banderas de que habla el anterior, se harán siempre conforme a los modelos que acompañan esta ley.

ARTICULO 9º- En los escritos oficiales, en los sellos y demás lugares donde conforme a la Ley de 15 de diciembre de 1831 se escribía Colombia- Estado de la Nueva Granada, por una ley separada se determinará lo que sobre esto debe hacerse respecto de la moneda.

ARTICULO 10º- Se deroga en todas sus partes la Ley de 6 de octubre de 1821.

 

Dada en Bogotá a ocho de mayo de mil ochocientos treinta y cuatro (1834).

DECRETO Nº 861 de 1924 (mayo 17)

 

ARTICULO 5º- El escudo de armas de la República, ya sea para banderas, estandartes, membretes, etc., tendrá la siguiente composición, acorde con lo dispuesto en la Ley 3º de 1834.

 

El perímetro será de forma suiza, de seis tantos de ancho por ocho de alto y terciado en faja superior o jefe , en campo de azul, lleva en el centro una granada de oro abierta y graneada de rojo, con tallo y hojas del mismo metal. A cada lado de la granada va una cornucopia de oro inclinada y vertiendo, hacia el centro, monedas la del lado derecho, y frutos propios de la zona tórrida la del lado izquierdo. La faja del medio, en campo de platino, lleva en el centro un gorro frigio enastado en una lanza, como símbolo de la libertad. En la faja inferior va el Istmo de Panamá, en azul, con sus dos mares adyacentes ondeados de plata, y un navío negro, con sus velas desplegadas , en cada uno de ellos.

 

El escudo reposa sobre cuatro banderas divergentes de la base, de las cuales las dos inferiores formarán un ángulo de noventa grados, y las dos superiores irán separadas de las primeras en ángulos de quince grados. Estas banderas van recogidas hacia el vértice del escudo.

El jefe del escudo esta sostenido por una corona de laurel pendiente del pico de un cóndor con las alas desplegadas. En una cinta de oro, asida al escudo y entrelazada a la corona, va escrito, en letras mayúsculas, este lema: LIBERTAD Y ORDEN.

 


 

El Ave

Aunque no señalado oficialmente, siempre se ha asociado el majestuoso cóndor de los Andes con las glorias de nuestra patria. El campea nuestro escudo nacional. Es el ave más grande y de mayor envergadura de los Andes. Es el que vuela a mayor altura. Son proverbiales su majestad y nobleza. Y su longevidad, un mito. Se le ha llamado " el ave eterna ". Su fuerza y poderío son formidables. Se dice que recorre hasta 200 leguas en un día. Solamente vuela en los días de sol. Su plumaje es negro, con visos azulados como el acero. Y sus potentes alas están rodeadas de blanco. También es blanca su majestuosa gorguera. Habita en las más altas cumbres de la cordilleras de los Andes.

 


La Flor Nacional

 

La Orquídea es la flor Nacional. Concretamente, la variedad denominada Cattleya Trianae. LLeva este nombre en honor del naturalista Colombiano José Jerónimo Triana. Fue escogida como flor Nacional según un concepto emitido por la Academia Colombiana de Historia en 1.936, aún cuando no ha sido consagrada oficialmente por ley. Es sabido que las Orquídeas Colombianas están señaladas entre las más hermosas del mundo. La estructura y los colores de la Cattleya Trianae son de una extraordinaria belleza.

 


 

El Árbol
La Palma de Cera del Quindío es el Árbol Nacional de Colombia. Su nombre científico es " Ceroxylon Quindiuense ". Es una palmera de imponente belleza, extraordinaria fortaleza y legendaria longevidad.

 

Es exclusiva de los Andes Colombianos. Alcanza alturas hasta de 70 metros. Fue escogida como árbol Nacional de Colombia por la comisión preparatoria del III Congreso Suramericano de Botánica, celebrado en Bogotá en 1.949.

 Posteriormente fue adoptado oficialmente como símbolo patrio por la ley 61 de 1.985.

 


El Himno

Ver letra del himno...

 


Historia (*)

El Himno Nacional surgió con humildes principios, en un modesto lugar, sin antecedente notable alguno. El hombre que concibió la grande idea apenas se dio cuenta de su prolongada resonancia en el porvenir.

 

Don José Domingo Torres era un simple aficionado al arte de talía. Pasó su juventud en ardorosos proyectos teatrales, y perteneció a una compañía de comediantes bogotanos, con el espiritual Honorato Barriga a la cabeza, dejó simpático y duradero recuerdo en la ciudad. 

 

Fue Domingo Torres en su juventud apuesto galán, que a la media noche, al pie de las rejas, hizo rasguear sonoros instrumentos en compañía de alegres enamorados trovadores. 

 

La vejez lo sorprendió sin ochavo de reserva y murió como simple portero del Ministerio de Hacienda. El amor a la patria por un lado, y por otro la velada y discreta lisonja hicieron que Torres, a propósito del 11 de noviembre de 1887, instara al maestro Oreste Sindici para que le pusiera música a un himno, cuya letra era del doctor Rafael Núñez Torres rogaba y el maestro resistía.

 

Al fin su esposa doña Justina Jannaut de Sindici, colombiana, venció las últimas dificultades del maestro. La esquiva inspiración brotó entonces en el alma del artista italiano como resonante catarata de notas gloriosas y ardientes. La imagen de la patria adoptiva, donde él tenía el dulce solar de sus amores, se presentó con toda su belleza a los ojos del maestro. 

 

Vibraron al punto de este himno: el estrépito de las armas y los urras de combate, y se oyeron notas semejantes al grito del huracán que azota nuestras selvas y otras menos fuertes como las de torrente que salta escondida entre las breñas. 

Este himno tiene: vida, calor, movimiento: notas que animan y exaltan el espíritu; arrogancia propia de un himno triunfal. 

Nuestro Himno Nacional había surgido. 

El 11 de noviembre de 1887 se cantó por primera vez en público, en un pequeño teatro de variedades improvisado en el antiguo edificio de la escuela pública de la Catedral.

 

Al mes siguiente el 6 de diciembre de 1887 hacía estruendosa y solemne aparición oficial en el salón de grados, frente al Palacio de San Carlos; con asistencia del doctor Núñez, de todas las autoridades civiles, eclesiásticas, militares y los ministros del cuerpo diplomático. 

 

Lo cantaron un coro de 25 voces con orquesta y dirigido por el maestro Sindici. 

 

Circuló esta invitación: 

 

"El ministro de Gobierno saluda a Ud. muy atentamente y tiene el honor de remitirle adjuntas dos boletas de entrada al concierto que en la noche del 6 del presente tendrá lugar en el salón de grados, con el objeto de estrenar un Himno Nacional. La función principia a las nueve. 

Bogotá diciembre e 1887." 

 

Tres años más tarde volaron sus notas hasta distantes países, después de vibrar triunfalmente en nuestros montes y llanuras. 

 

En 1890 ejecutaron la música del Himno Nacional colombiano en Roma, Méjico, Lima, Caracas y Curazao. 

 

Casi un siglo careció Colombia de un Himno Nacional, y lo tuvo por casual concurso de circunstancias, no por encargo oficial. Ensayose sin ningún aparato; e hizo lentamente su camino hasta llegar al pueblo por medio de los niños de las escuelas primarias; sus fáciles melodías se pegaron a todos los oídos y hablaron a todos los corazones, y cuando llegó la celebración del centenario de la Independencia, el país se regocijó al tener una voz para expresar su gratitud y amor a los fundadores de la República. 

 

Fue ungido con el entusiasmo popular. 

 

En 1920 fue adoptado como Himno Nacional en ley dictada por el Congreso.
 


Autores Del Himno Nacional

Rafael Núñez

Nació en Cartagena en 1825. Político, poeta, periodista, filósofo, jurisconsulto, estadista, fue elegido Presidente de la República en cuatro períodos: 1880 a 1882; 1884 a 1886; 1886 a 1892; 1892 a 1898. En 1885 Nuñez convocó el Consejo Nacional Constituyente que expidió la constitución de 1886. Nuñez murió en Cartagena en 1894. 

 

Oreste Síndici

Nació en Roma en 1837. LLegó a Bogotá como integrante de una Compañía de Opera y decidió adoptar la nacionalidad colombiana. Casó con Doña Justina Jannaut, dama bogotana de ascendencia francesa, con quien tuvo tres hijos Oreste, Eugenia y Emilia. El maestro compuso la música el Himno Nacional sobre un poema del entonces Presidente de la República, doctor Rafael Nuñez. Murió en Bogotá en 1904. El Congreso Nacional expidió la Ley 89 de 1937 de honores a su memoria. 

 

José Rozo Contreras

Autor de la trascripción del Himno Nacional adoptada oficialmente por el gobierno según Decreto Ejecutivo número 1963 de 1946. Nació en Bochalema, Norte de Santander, en 1894. Tras realizar estudios en Roma y en Viena, regresó al país para ser nombrado Director de la Banda Nacional de la cual fue titular hasta su muerte, en Bogotá.

 

 

(*) Apartes de los textos presentados en esta sección, han sido extractados de
la Página de la
Presidencia de la República de Colombia, en donde se pueden
encontrar mayores detalles.

Mapa Político de Colombia

 

 

 



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